• martes 28 de marzo del 2023

El DOCM publica la modificación de la Ley de Coordinación de Policías Locales, que va a entrar en vigor en 20 días

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TOLEDO, 3 Mar.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este viernes la Ley por la que se altera la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de la zona, con el propósito de amoldarla a la verdad de hoy de este Cuerpo de Seguridad y de que la Comunidad Autónoma logre tener una Policía Local mucho más actualizada, próxima, profesionalizada y amoldada a las pretensiones y solicitudes de la ciudadanía.

Esta modificación, que va a entrar en vigor en 20 días, es consecuencia de la tarea creada antes en el seno de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha, donde están representados los municipios, los sindicatos y nuestra Administración autonómica.

Por tanto, las medidas que recopila fueron consensuadas entre todas y cada una de las partes implicadas, acatando la autonomía municipal en este campo.

Entre las primordiales medidas que tiene dentro la ley resaltan las similares con la protección de las mujeres policías en sus condiciones de trabajo a lo largo de los periodos de gestación, maternidad y lactancia, con el objetivo de eludir ocasiones de peligro para ellas, para el feto o el lactante.

En consecuencia, no manejarán máquinas, utensilios, instrumentos de trabajo, substancias o modelos que logren ser dañinos y, si es requisito, se les exonerará del trabajo nocturno o a turnos o se les adscribirá a otro servicio.

Además, las funcionarias que estén en estado de gestación van a poder usar una uniformidad correcta a su situación.

Otra de las ediciones mucho más esenciales es la supresión del requisito relativo a tener una estatura mínima para entrar a la Policía Local, con lo que se posibilita la incorporación al Cuerpo, primordialmente de las mujeres, que hoy en día representan el diez por ciento del total de efectivos en la zona.

También se establece un número mínimo de efectivos para hacer un Cuerpo de Policía Local, que se ha fijado en 4, un oficial y tres policías, con el propósito de asegurar, con una plantilla bastante, un servicio mínimo eficiente.

No obstante, se prevé como salvedad el supuesto de que su creación tenga como finalidad la asociación de cuerpos de Policía Local entre ayuntamientos.

Asimismo, se regula la movilidad de tal forma que para proveer puestos por este sistema es requisito haber convocado antes en exactamente el mismo ejercicio cuando menos exactamente el mismo número de cargos laborales por ingreso libre, o en su caso, por promoción interna.

De este modo, el ayuntamiento que necesite aumentar la plantilla de policías locales va a haber de llevarlo a cabo mediante la convocatoria y celebración de oposiciones y no usando la plantilla de policías locales de otros ayuntamientos.

Con ello, se logra limitar el exceso de utilización de este trámite como forma de provisión de puestos.

De igual modo, para hacer más simple la colaboración entre ayuntamientos en los presuntos de pretensiones poco comúnes del servicio, se flexibilizan las llamadas comisiones de servicio funcionales, que, con la regulación previo, no podían tener una duración mayor a 15 días por año ni se podía recurrir a ellas mucho más de un par de veces en este intérvalo de tiempo.

Si bien, con esta modificación, se suprime el número de ocasiones que se puede recurrir a ellas, con el límite de 30 días por año.

Por otra sección, se ha dotado de homogeneidad al grupo de policías locales en la zona estableciendo que el régimen disciplinario del personal funcionario de los Cuerpos de Policía Local sea el pertinente al de personal funcionario del Cuerpo Nacional de Policía y se introdució un apartado que piensa un reconocimiento a las y los policías que se jubilen, al posibilitar que logren vestir el traje en actos institucionales y sociales solemnes.

Además, incrementan los competidores en la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha, incorporando a exactamente la misma a tres representantes de las jefaturas de los Cuerpos de Policía Local, que se aúnan al gerente de la Escala Técnica designado por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) de Castilla-La Mancha, con la intención de enriquecer el enfrentamiento y de tener una visión mucho más completa de la verdad.

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