Crónica Castilla-La Mancha.

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Nuevo sistema de protección de informantes implementado por el Ayuntamiento de Ciudad Real para combatir la corrupción

Nuevo sistema de protección de informantes implementado por el Ayuntamiento de Ciudad Real para combatir la corrupción

Ciudad Real, 8 de enero.

El Ayuntamiento de Ciudad Real ha tomado la decisión de implementar un Sistema Interno de Información con el objetivo de garantizar la protección de aquellos que denuncien violaciones normativas o contribuyan en la lucha contra la corrupción dentro del consistorio. Según el decreto de Alcaldía publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), este sistema busca ofrecer "independencia, confidencialidad y seguridad" a los informantes y evitar represalias en su contra.

El propósito de este sistema, establecido en cumplimiento de la directiva de la Unión Europea sobre la protección de los denunciantes y en aplicación de la Ley 2/2023, es "proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten y denuncien acciones u omisiones", utilizando los mecanismos establecidos para ello.

Además de la creación del sistema, el decreto de Alcaldía nombra al comité antifraude como responsable del Sistema Interno de Información, delegando en uno de sus miembros las funciones de gestión y tramitación de expedientes de investigación. Asimismo, se instruye a la sección de informática para que implemente y haga operativo el software necesario, además de crear un registro de información confidencial separado del registro general de entrada y salida de documentos.

De acuerdo con el decreto de creación, este nuevo mecanismo es un sistema de prevención, detección y resolución de infracciones o malas prácticas que garantiza que los posibles informantes puedan proporcionar información de manera fácil y confidencial, con el objetivo de que el Ayuntamiento de Ciudad Real pueda investigar y resolver el problema, siempre que sea posible.

Este Sistema Interno de Información está dirigido a proteger a los informantes tanto del sector público como privado que tengan acceso a información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, incluyendo a empleados públicos, altos cargos, personal directivo, voluntarios, becarios, trabajadores en prácticas, autónomos y cualquier otra persona que trabaje bajo la supervisión y dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores. También se extiende a las personas que brindan apoyo a los informantes, a aquellas que puedan sufrir represalias en su entorno y a las personas jurídicas propiedad de los informantes, entre otras.

La información se puede presentar por escrito, a través de correo postal o medios electrónicos designados, o verbalmente, por teléfono o sistema de mensajería de voz. A solicitud del informante, también se puede presentar en una reunión presencial dentro de un plazo máximo de siete días.

Una vez realizado este análisis preliminar, el responsable del Sistema Interno de Información debe tomar una decisión sobre su admisión en un plazo máximo de diez días hábiles desde la fecha de entrada en el registro de la información. En caso de que la denuncia sea admitida, el responsable emitirá un informe y procederá a archivar el expediente o remitirlo a la Fiscalía u autoridad competente, según corresponda.

El plazo para finalizar las actuaciones y dar una respuesta al informante, si corresponde, no puede superar los tres meses desde la fecha de registro de la información, a menos que el caso sea especialmente complejo y requiera una extensión del plazo por tres meses adicionales. Sea cual sea la decisión, se comunicará al informante, a menos que haya renunciado a esa comunicación o que esta sea anónima.

El decreto también regula los derechos y deberes de los informantes y de la persona a la que se atribuye la conducta denunciada, entre otros aspectos.