Crónica Castilla-La Mancha.

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Sescam obligado a pagar atención continuada en IT a mayores de 55 años tras anulación de resolución

Sescam obligado a pagar atención continuada en IT a mayores de 55 años tras anulación de resolución

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca ha emitido una sentencia declarando la nulidad de la disposición adicional séptima de la Ley 4/2011 del Empleo Público de Castilla-La Mancha. Esta ley impedía el pago de la atención continuada en los casos de Incapacidad Temporal y de contingencias profesionales a personas mayores de 55 años.

La sentencia, que ha sido facilitada a los medios por CSIF, estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por este sindicato y restringe la aplicación de la Ley 4/2011 al considerar que las retribuciones de atención continuada son fijas y periódicas.

El tribunal señala que las retribuciones percibidas para la realización de dichos módulos de actividad adicional establecidos para mayores de 55 años, que están exentos de realizar guardias médicas, no se ven afectadas por la disposición adicional séptima de la Ley 4/2011. Por lo tanto, estos módulos de actividad adicional, que incluyen una retribución fija y periódica, deben ser retribuidos durante los periodos de incapacidad temporal.

CSIF ha celebrado esta sentencia en una nota de prensa, destacando que es la primera vez que se abona la atención continuada en incapacidad temporal. El sindicato considera que esta decisión abre la puerta a varias reclamaciones y demuestra que se ha estado perjudicando a los profesionales de manera flagrante.

Sacramento Rodríguez, presidenta de CSIF Sanidad Castilla-La Mancha, destaca la importancia de esta sentencia y argumenta que la Administración ha mantenido apartados de las leyes 4/2011 y 1/2012, conocida como Ley Cospedal, que perjudican notablemente a los profesionales sin que se hayan corregido o derogado. Rodríguez también menciona que el artículo 15 de la Ley 1/2012 ya redujo el pago de guardias médicas a los mayores de 55 años de 17 a 12 horas.

El sindicato considera que es lamentable que sea necesario recurrir a los tribunales debido a que el Sescam constantemente limita los derechos de los trabajadores. A pesar de las sentencias condenatorias acumuladas en su contra, la Administración prefiere litigar en lugar de modificar o derogar las leyes, concluye Rodríguez.

A modo de ejemplo, CSIF logró el pasado mes de diciembre que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha respaldara la exención de guardias para mayores de 55 años, incluso para el personal sanitario interino. Esto ocurrió después de que el Sescam negara este derecho a un trabajador temporal. El sindicato incluso llevó el caso al Tribunal Supremo para conseguir el abono de la atención continuada para las embarazadas en incapacidad temporal.