Vivienda obliga a las comunidades a enviar datos mensuales y avisar de cada pago del Plan Estatal
El BOE publica la orden de control del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: envíos mensuales, avisos de cada pago y auditorías obligatorias para las comunidades.
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la orden que establece los mecanismos de seguimiento, control y evaluación del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. La norma obliga a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla a suministrar de forma continua información económica y de gestión.
La orden, firmada por la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, cuenta con el visto bueno previo del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Desarrolla las previsiones de seguimiento del real decreto que regula el plan y tiene como objetivo verificar el cumplimiento de metas y el uso de los fondos públicos en sus tres líneas de ayudas: incremento de la oferta social y asequible, rehabilitación, accesibilidad y renovación urbana o rural, y reducción del esfuerzo para el pago e impulso a la emancipación juvenil.
Las administraciones autonómicas deberán cumplir dos vías de reporte obligatorias. La primera es un envío mensual de los indicadores, que debe formalizarse dentro de los cinco primeros días naturales del mes siguiente. La segunda es un envío inmediato cada vez que se produzca un cambio relevante en la gestión o en las finanzas de las ayudas, como concesiones, modificaciones, revocaciones, pagos a beneficiarios o cumplimiento de hitos. La comunicación se realizará de forma automatizada a través de la Red SARA, y la plataforma ministerial devolverá un acuse de recibo telemático por cada envío.
La norma añade que los órganos gestores deberán emitir certificaciones específicas para cada actuación financiada, con el fin de acreditar el régimen de protección de las viviendas y que las adjudicaciones se tramitan mediante el registro público de demandantes o procedimientos objetivos y transparentes. Además, las comunidades elaborarán informes trimestrales de avance y, antes del 31 de enero de cada año, un informe anual de evaluación que incluirá las auditorías y controles de subvenciones realizados, con las irregularidades detectadas y las correcciones aplicadas.
Como régimen transitorio, el Ministerio podrá facilitar herramientas alternativas en caso de dificultades técnicas hasta el 1 de junio de 2027, sin que ello exima a las autonomías de cumplir las fechas y contenidos exigidos. Para ello se crea el Centro de Atención a la Integración y Soporte, punto de contacto único para asistencia técnica, credenciales e incidencias. La información recabada servirá también al Consejo Asesor de Vivienda para sus labores de análisis y mejora, y la Dirección General de Planificación y Evaluación podrá difundir datos agregados de ejecución para rendir cuentas a la ciudadanía.