Crónica Castilla-La Mancha.

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C-LM pospone la implementación del decreto sobre financiación en la atención a la dependencia.

C-LM pospone la implementación del decreto sobre financiación en la atención a la dependencia.

TOLEDO, 4 de agosto. La Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha ha decidido realizar ajustes en el Decreto 75/2024, datado el 29 de octubre. Esta normativa regula, entre otros aspectos, la participación económica de los beneficiarios en el financiamiento de ciertos servicios destinados al sistema de autonomía y atención a la dependencia, así como al sistema público de servicios sociales de la región. La razón de esta modificación radica en que “la adaptación de los sistemas actuales de gestión necesarios” para implementar el decreto no se ha completado de manera adecuada.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha informado que el Decreto incluye en su disposición final cuarta la obligación de realizar las adaptaciones requeridas en un plazo de nueve meses a partir de su publicación. Además, la disposición final séptima establece que dicho decreto entrará en vigor tras estos mismos nueve meses desde su anuncio en el Diario Oficial.

La Junta ha aclarado que, dado que la publicación se formalizó el 7 de noviembre, el plazo finalizaría el 8 de agosto de 2025. No obstante, la falta de adecuación de los sistemas de gestión necesarios plantea dificultades significativas para la aplicación de la norma como estaba previsto, lo que ha impulsado la decisión de modificar el decreto inicial.

Con el objetivo de garantizar una correcta implementación, la modificación del Decreto 75/2024 establece nuevos plazos para llevar a cabo las adaptaciones en los sistemas de gestión que permiten la participación económica de los beneficiarios en el financiamiento de los servicios mencionados. Esta modificación no afecta a los derechos de los beneficiarios, ya que la normativa vigente seguirá aplicándose hasta que el nuevo decreto entre en vigor.

Así, la disposición final cuarta del decreto modificado estipula que las adaptaciones deberán finalizarse en un plazo de doce meses desde la nueva publicación del decreto. Por su parte, la disposición final séptima determina que el decreto entrará en vigor pasados esos doce meses desde su anuncio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.