TS desestima la gradual implementación del caudal ecológico del Tajo y exige su establecimiento inmediato para 2027.
TOLEDO, 14 de mayo.
El Tribunal Supremo ha tomado una decisión que impacta directamente en la gestión de los recursos hídricos en España, al aceptar parcialmente un recurso de la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche y del Grupo de Acción para el Medio Ambiente (Grama). La resolución anula el escalonamiento programado para la implementación de los caudales ecológicos en el Plan Hidrológico de la cuenca del Tajo, afectando especialmente al tramo del río entre el embalse de Bolarque y el de Valdecañas, ubicado entre las provincias de Toledo y Cáceres. A raíz de esta sentencia, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) deberá aplicar de inmediato los caudales correspondientes al año 2027 en esta zona.
Según informan desde la Red del Tajo, la sentencia del Tribunal Supremo solo admite el escalonamiento de caudales en tramos que no estén bajo protección legal, excluyendo aquellas áreas que son parte de espacios protegidos, donde no se han definido objetivos ambientales específicos. Este es el caso del tramo del Tajo que atraviesa ciudades como Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina.
La sentencia destaca que "los caudales ecológicos deben ser coherentes con los objetivos ambientales establecidos por la Directiva Marco del Agua". Asimismo, menciona que cualquier prórroga en la implementación de estos caudales debe cumplir con criterios establecidos en dicha normativa para poder justiciar el atraso hacia 2027 del objetivo de lograr condiciones óptimas en las aguas del río.
El Tribunal manifiesta que la situación actual del Tajo no se alinea con las exigencias de la citada Directiva, calificando de nulas las provisiones del plan hidrológico español que permiten excepciones en el cumplimiento de tales objetivos en masas de agua en áreas protegidas.
La Red del Tajo subraya que este fallo representa la segunda victoria judicial frente a una administración que, según sus representantes, ignora las necesidades del río, buscando mantener su caudal y su vitalidad. La Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua ha sostenido una lucha legal de 15 años, abogando por la valorización de las áreas protegidas del Tajo y denunciando la manipulación de las prórrogas por parte del Ministerio.
Asimismo, la Red del Tajo destaca que la sentencia obliga al Plan Hidrológico de la cuenca a incluir los objetivos ambientales específicos para las masas de agua situadas en zonas protegidas, un elemento que ha sido desconsiderado en todos los espacios de la Red Natura 2000 en las Comunidades de Madrid y Castilla-La Mancha.
En consecuencia, hacen un llamado a la Confederación Hidrográfica para que coordine esfuerzos con las comunidades autónomas y asegure que estos objetivos de conservación sean integrados en el Plan Hidrológico.
“A partir de hoy, el Miteco debe hacer efectivos los caudales ecológicos que aplazó hasta 2027. La reciente modificación del borrador del real decreto para las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura queda sin valor, y es necesario que se revisen los caudales trasvasables acorde a los estándares ecológicos establecidos para 2027”, concluyen desde la Red del Tajo.
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