El Juzgado de lo Social número 3 de Ciudad Real ha emitido una sentencia favorable a Repsol Lubricantes y Especialidades (Rlesa), declarando ilegal la huelga iniciada el 7 de octubre y desconvocada el 14 de noviembre de 2024 por el comité de empresa en su planta de Puertollano. La causa de esta decisión radica en que la huelga buscaba modificar un convenio colectivo que se encontraba en plena vigencia, lo que, según el tribunal, constituía una acción ilegal y "novatoria".
En su fallo, la magistrada subraya que la compañía contaba con fundamentos sólidos al señalar que cualquier intentona de huelga cuyo propósito sea desafiar o alterar un convenio colectivo en vigor debe ser considerada como ilegal, con las correspondientes consecuencias para aquellos que decidan apoyar estas convocatorias, ya que atentaría contra el modelo de negociación colectiva establecido dentro del grupo.
Repsol argumentaba que la huelga amenazaba la estructura de negociación colectiva que fue acordada mediante el consenso de los representantes de los trabajadores y la empresa. Este acuerdo se encontraba vigente y aplicable para todos los centros de trabajo, y cualquier intento de modificarlo sería una transgresión a los derechos y obligaciones previamente establecidos.
Por otro lado, los trabajadores de Puertollano se sintieron agraviados al observar diferencias en las condiciones laborales comparadas con otros centros del grupo Repsol, especialmente aquellos dentro del complejo petroquímico. Solicitaron que se establecieran acuerdos que reconocieran sus derechos y beneficios, asegurando que fueran equiparables a los de sus compañeros en otras localidades.
La huelga fue convocada por el comité de empresa de Repsol Lubricantes y Especialidades, respaldado por los sindicatos TIR y STR. No obstante, el sindicato STR decidió no apoyar la movilización, a pesar de reconocer la legitimidad de las demandas, pues consideraba que la misma podría ser calificada como novatoria e ilegal.
Durante el juicio, la magistrada sostuvo que el verdadero objetivo de los organizadores de la huelga no era buscar mejoras para un grupo específico, sino modificar convenios ya existentes que regulaban las relaciones laborales en el grupo. Dichas modificaciones afectaban a acuerdos que habían sido previamente negociados y cerrados, lo cual iba en contra de los principios de la negociación colectiva.
La jueza también destacó que la intención de desafiar estos convenios no era un asunto pasajero, sino parte de una estrategia sostenida que comenzó con la firma del segundo convenio de Rlesa. Esto es evidenciado por las actas de negociación, donde se reflejan las reivindicaciones que ahora sustentarían la huelga, las cuales fueron desestimadas en su momento.
La sentencia concluye que la repetición de estas reclamaciones, tanto en el intento de huelga de 2023 como en la de 2024, confirma la existencia de un propósito de alteración no autorizado del contenido del convenio vigente. Además, recalca que la apertura de negociaciones a nivel de centro no está contemplada en los acuerdos existentes y representa la creación de un ámbito paralelo de negociación, poniendo en peligro la estructura acordada.
Asimismo, refuerza que el argumento del comité de que existen acuerdos en otros sectores del grupo no respalda su petición, dado que esos acuerdos abordan materias que no estaban reguladas previamente. En resumen, la sentencia resalta que la situación no corresponde a huelgas legítimas, sino que se alinea con la definición de huelga novatoria, donde se intenta alterar aspectos de un convenio en vigor sin el respaldo adecuado.
Los representantes del tribunal han indicado que es posible interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en respuesta a esta sentencia.
Finalmente, el comité de empresa se vio obligado a desconvocar la huelga el 14 de noviembre de 2024, citando miedo a la pérdida de empleos debido a las presiones y advertencias de la empresa sobre las consecuencias económicas para quienes apoyaran la huelga. Algunos trabajadores expresaron su frustración ante la prensa, calificando la huelga de "inútil" y denunciando que el comité, finalmente, admitió que su decisión de detener la huelga se basaba en el temor a sanciones legales y económicas tras la demanda presentada por la empresa.
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