Alcaldesa de Villarrubia asegura que sus decisiones durante la pandemia fueron en beneficio del municipio y niega acusaciones de prevaricación.
TOLEDO, 28 de octubre.
La Audiencia Provincial de Toledo ha sido el escenario este martes del juicio contra M.C.M.G., alcaldesa de Villarrubia de Santiago, y siete de sus concejales, quienes enfrentan acusaciones de prevaricación relacionadas con la anulación de una licencia de venta ambulante en marzo de 2021.
La fiscalía inicialmente solicitó que todos los implicados fuesen inhabilitados por un término de nueve años; sin embargo, esta petición fue retirada en cuanto a los concejales. Por su parte, la acusación particular está demandando una pena de 15 años de inhabilitación, además de una compensación económica de 13.696 euros, que incluye 7.500 euros por daños morales y 6.196 euros por lucro cesante.
En su declaración, la alcaldesa insistió en que no buscó perjudicar al demandante, J.V.R., al cancelar el permiso. Defendió que la decisión de revocar la licencia fue motivada por las medidas preventivas adoptadas en el marco de la pandemia de COVID-19.
“Mi única intención era proteger la salud pública”, afirmó M.C.M.G., subrayando que su decisión estuvo impulsada “por el bienestar del pueblo”.
El demandante, J.V.R., testificó que fue avisado por teléfono el 23 de febrero de 2021 de que no podría instalar su puesto el sábado siguiente, a raíz de altercados previos con M.E.B., el encargado del mercado. J.V.R. calificó la decisión de la alcaldesa como injusta y solicitó una reunión para discutir el asunto.
Durante esa reunión, según su relato, la alcaldesa le dijo que la decisión ya había sido deliberada por el equipo de Gobierno y se negó a proporcionarle una respuesta por escrito de inmediato. El demandante solo recibió una comunicación oficial el 8 de marzo, lo que le llevó a presentar una reclamación a través de su abogado.
A pesar de las indicaciones, J.V.R. intentó abrir su puesto el siguiente sábado, pero fue clausurado por la Policía Municipal, situación que acabó en una denuncia. También indicó que no solo se le prohibió colocar su puesto, sino que le impidieron realizar entregas de fruta, lo que, según dijo, constituyó un “acoso constante” por parte de las autoridades.
Entre los testigos que comparecieron estuvo M.E.B., el encargado del mercadillo, quien afirmó que conflictos similares ya se habían producido anteriormente. Afirmó que, tras el incidente del 20 de febrero, decidió no seguir al frente del mercado ambulante.
El agente de Policía Local, I.A.L.L., testificó que J.V.R. continuó operando su puesto a pesar de los requerimientos para desmontarlo en las fechas establecidas. Contrario a las alegaciones de acoso, el agente manifestó que solo se le requería no vender en días no habilitados.
Una perito presentada durante el juicio argumentó que J.V.R. había dejado de operar durante 14 sábados, con una pérdida estimada de 296 euros cada día que no pudo trabajar.
Al finalizar las declaraciones, el Ministerio Fiscal reiteró su solicitud de nueve años de inhabilitación, acusando a la alcaldesa de actuar de manera "intencionadamente alejada del ordenamiento jurídico" al omitir diversos trámites necesarios.
El fiscal desestimó los alegatos de la defensa, argumentando que la alcaldesa tenía pleno conocimiento de que sus acciones eran ilegales. A la vez, subrayó la naturaleza despótica de sus decisiones, lo que fue respaldado por la acusación particular.
El abogado de la acusación exigió que se impusieran las máximas penas pertinentes bajo el artículo 404 del Código Penal, así como la condena en costas, manteniendo la cifra de 13.696 euros solicitada.
Por el lado de la defensa, la abogada argumentó que la alcaldesa no actuó con mala fe y pidió su absolución, señalando que los errores cometidos fueron efectos colaterales de la emergencia sanitaria mundial.
La letrada informó que la licencia del demandante había sido renovada anualmente, y que la solicitud de renovación posterior solo se realizó tras la notificación de la revocación del permiso. También expuso que se ofreció al demandante una “nulidad administrativa” de la decisión, pero este prefería exigir una suma considerable en compensación.
Tras concluir la sesión del juicio, los magistrados se retiraron para deliberar y emitir un veredicto.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.