Crónica Castilla-La Mancha.

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Causan archivo de la investigación sobre la supuesta estafa en la venta de vinos de Valdepeñas por falta de supervisión.

Causan archivo de la investigación sobre la supuesta estafa en la venta de vinos de Valdepeñas por falta de supervisión.

En un reciente fallo, el juez José Luis Calama de la Audiencia Nacional ha decidido archivar el caso contra las bodegas de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Valdepeñas, incluidos los prestigiosos nombres de Félix Solís y García Carrión. Esta decisión se produce ante las acusaciones de que ambas bodegas comercializaban vinos clasificados como crianza, reserva o gran reserva, que supuestamente no cumplían con los estándares de envejecimiento y almacenamiento en barrica de roble o botella necesarios para tal clasificación.

En el auto judicial, divulgado por Europa Press, el magistrado enfatiza que la falta de control administrativo y supervisión por parte de todos los actores del sector del vino, incluidos los productores, entidades certificadoras y la Administración Pública, ha complicado la determinación de si efectivamente se han comercializado vinos de calidad inferior a la que se indica en las etiquetas. Este vacío regulatorio ha llevado a una situación donde resulta imposible realizar acusaciones fundamentadas en el contexto penal, subrayando la insuficiencia de pruebas concretas para respaldar las alegaciones.

Calama señala que esta laxitud, sea intencionada o no, se ha transformado en un sistema de control más simbólico que efectivo. Según él, si bien la realidad del control en la producción de vino podría ser insatisfactoria, esto no justifica automáticamente la presentación de cargos en un tribunal, ya que, como resalta el Ministerio Fiscal en su informe, no se pueden realizar acusaciones basadas en meras suposiciones, por muy firmes que estas aparenten ser.

A pesar de archivar el caso, el juez ha decidido remitir los hallazgos a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para que tome las acciones administrativas pertinentes. Esta decisión no es trivial, considerando que la causa se inició en abril de 2021 después de una denuncia de la Fiscalía que señalaba delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental por parte de varias bodegas de Valdepeñas, incluyendo a las ya mencionadas García Carrión y Félix Solís, así como a las bodegas Fernando Navarro y Fernando Castro.

En octubre de 2023, se tomó la decisión de sobreseer provisionalmente el caso para Fernando Navarro y Fernando Castro, mientras que se continuó con la investigación sobre las entidades certificadoras Sohicert SA y Liec Agroalimentaria SL, a quienes se les considera colaboradoras necesarias en este proceso.

De acuerdo con los apuntes iniciales del magistrado, en el caso de Félix Solís, se había observado que realizaron la comercialización de vinos tintos de la DOP Valdepeñas con las menciones de crianza, reserva y gran reserva en cantidades mucho más altas de las declaradas al Consejo Regulador de la Denominación durante los años 2017, 2018 y 2019. Este hecho salía a la luz en medio de un tráfico económico injustificado.

Por su parte, el caso de García Carrión se complicaba con la aparición de documentación que, según la investigación, demostraba que también esta empresa había comercializado vinos tintos de la misma denominación sin cumplir los requisitos de producción establecidos, ni en cuanto a tiempo de envejecimiento ni en los métodos de almacenamiento.

No obstante, el magistrado aclara que después de una exhaustiva investigación, no se pueden establecer conclusiones que sostengan que las irregularidades en las prácticas de estos operadores vinícolas equivalen a delitos de publicidad engañosa o estafa. Incluso se llegó a interrogar a presidentes de estas bodegas durante el proceso, pero el resultado no fue concluyente para perseguir las acusaciones.

En lo que respecta a la posible publicidad engañosa, el juez argumenta que no se ha probado un elemento crucial del delito: que las acciones de los acusados hayan causado un daño grave y evidente a los consumidores. Por consiguiente, los hechos no encajan en esta categoría delictiva.

En relación a la acusación de estafa, el magistrado resalta que la investigación no ha podido demostrar el engaño necesario que justifique la imputación de los investigados, lo que resalta aún más la dificultad de establecer cargos en base a las evidencias hasta ahora recopiladas.